Práctica sobre Bases de Datos Jurídicas

Responda cada una de las siguientes preguntas, explicando brevemente el procedimiento que utilizó. Igualmente se debe mencionar en el caso de las bases de datos jurídicas si la información que se obtiene está disponible en las 3 bases que se han trabajado.

1.     Ubique la Ley de Protección de Datos Personales, precise sus datos básicos (N°, fecha de publicación, de promulgación y  de vigencia) y señale al menos 3 concordancias.
SPIJ: 

Ley de protección de datos personales 

LEY Nº 29733


TituloFechaSectorUbicacionTipo
5.Ley de protección de datos personalesDomingo, 03 de julio de 2011CONGRESO DE LA REPUBLICALeg. Caracter GeneralHTML

Archivo digital de la legislación del Perú:
Emisión de autografa:21/06/2011
Promulgación:02/07/2011
Publicación:03/07/2011

Vigencia: al día siguiente de la publicación 04/07/2011. No obstante cabe señalar que según la DISPOSICION COMPLEMENTARIA  FINAL DUODÉCIMA. Vigencia de la Ley:
     La presente Ley entra en vigencia conforme a lo siguiente: 
     1. Las disposiciones previstas en el Título II, en el primer párrafo del artículo 32 y en las primera, segunda, tercera, cuarta, novena y décima disposiciones complementarias finales rigen a partir del día siguiente de la publicación de esta Ley. 
     2. Las demás disposiciones rigen en el plazo de treinta días hábiles, contado a partir de la publicación del reglamento de la presente Ley. 

CONCORDANCIAS:     D.S. Nº 003-2013-JUS (REGLAMENTO)
CONCORDANCIAS A LA LEY N° 29733
     R.D. N° 060-2014-JUS-DGPDP (Aprueban Directiva Nº 001-2014-JUS-DGPDP sobre protección de datos personales en el marco de los procedimientos para la construcción, administración,     sistematización y actualización de bases de datos personales vinculados con programas sociales y subsidios que administra el Estado)     R.M.N° 151-2015-MIDIS (Aprueban Directiva “Lineamientos para el acceso a información de bases de datos administradas por la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”)
     D.S.N° 039-2015-SA (Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas)
     R.N° 62-2016-P-PJ (Aprueban la “Política de Protección de Datos Personales” del Poder Judicial)


El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue:
- Ingresar a la base de datos SPIJ
- Ingresar a Constitución Política del Perú y normativa emitida por entidades de gobierno regional.
- Ingresar a normas CON RANGO LEGAL 
- Hice click en la parte superior en el filtro  Buscar, y luego puse BUSQUEDA POR SUMILLA. Colocando "Ley de Protección de Datos Personales"

 Por último, seleccione la Ley de Protección de Datos Personales.
- En cuanto a las concordancias, simplemente ingresé a la misma ley e hice click en concordancias. 

2.     Ubique el Decreto Ley N° 23,000, señale sus datos básicos (Sumilla, fecha de publicación, de promulgación y  de vigencia)  y señale si tiene alguna concordancia.
SPIJ:

TituloFechaSectorUbicacionTipo
1.Disponen nuevas medidas en favor de agricultores afectados por la sequíaJueves, 24 de abril de 1980DECRETO LEYLeg. Caracter GeneralHTML
CONCORDANCIA ART. 1
Artículo 1.- El Banco Agrario del Perú destinará Un Mil Millones de Soles Oro (S/. 1,000'000,000.00) adicionales a los establecidos en el Decreto Ley 22934, suma que será provista por el Tesoro Público y que se utilizará, igualmente, para atender, en las condiciones establecidas en el mencionado Decreto Ley, los préstamos de rehabilitación económica. La recuperación de los préstamos constituirá aporte al capital del Banco Agrario del Perú. (*)

(*) De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Ley N° 23182, publicado el 26-07-1980, el Banco Agrario del Perú destinará dos mil millones de soles (S/. 2,000'000,000) adicionales a los establecidos en los Decretos Leyes 22934 y 23000 suma que será provista por el Banco Central de Reserva del Perú en condiciones especiales y que se utilizará para atender los préstamos de rehabilitación económica, en las mismas condiciones establecidas en los indicados Decretos Leyes.

CONCORDANCIA ART. 3 
     “Artículo 3.- Las bases sobre las que se otorgarán los préstamos de rehabilitación económica serán las siguientes:
     a. Para los agricultores individuales, Cuarenta Mil Soles Oro (S/. 40,000.00) por hectárea dejada de sembrar durante la campaña agrícola 1979-1980, hasta un máximo de quince (15) hectáreas;
     b. Para los ganaderos individuales, Cuarenta Mil Soles Oro (S/, 40,000.00) por hectárea de pastizales artificiales que han recibido riego insuficiente durante la campaña agrícola 1979-1980, hasta un máximo de quince (15) hectáreas.
     c. Para las empresas campesinas asociativas. Cuarenta Mil Soles Oro (S/. 40,000.00) por hectárea dejada de sembrar durante la campaña 1979-1980, hasta un máximo del 50% del área dejada de sembrar. (*)

(*) Posteriormente el Artículo 3 del Decreto Ley N° 22934, fue modificado por el Artículo 2 del Decreto Ley N° 23182, publicado el 26-07-1980, cuyo texto es el siguiente:
  “Artículo 3.- Las bases sobre las que se otorgarán los préstamos de rehabilitación económica serán las siguientes:
     a.- Para los agricultores individuales, cuarenta mil soles oro (S/. 40,000) por hectárea dejada de sembrar durante la campaña agrícola 1979-1980 o habiendo sido sembradas en dicha campaña hayan sufrido pérdidas de la sementera y/o cosecha, hasta un máximo de 25 hectáreas, siempre y cuando dichas áreas se encuentren inscritas en el correspondiente Padrón de Usuarios.
     b.- Para los ganaderos individuales, cuarenta mil soles oro (S/. 40,000) por héctarea de pastos cultivados que han recibido riego insuficiente durante la campaña agrícola 1979-1980, hasta por un máximo de 25 héctareas.
     c.- Para empresas campesinas asociativas, cuarenta mil soles oro (S/. 40,000) por hectárea dejada de sembrar durante la campaña agrícola 1979-1980, hasta un máximo del 50% del área dejada de sembrar”.
     “Artículo 6.- Estarán excluidos de los beneficios del presente Decreto Ley aquellos agricultores, ganaderos o empresas campesinas asociativas que exploten predios que utilicen aguas subterráneas y los que hayan sembrado o regado suficientemente, en su caso, el 40% o más de la superficie del predio, conforme lo constate la Dirección Regional Agraria”.
     “Artículo 7.- Los desembolsos de los préstamos de rehabilitación que haga el Banco Agrario del Perú se efectuarán mensualmente y en un plazo de cinco (5) meses”.

CONCORDANCIA ART. 4
   Artículo 4.- El plazo para acogerse a los beneficios del Decreto Ley 22934 y del presente Decreto Ley vencerá el 31 de Mayo de 1980. (*)(*) De conformidad con el Artículo 5 del Decreto Ley 23182, publicado el 26-07-1980, el plazo para acogerse a los beneficios de los Decretos Leyes 22934 y 23000 y del citado Decreto Ley queda prorrogado y vencerá el 30 de setiembre de 1980.


El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue:
- Ingresar a la base de datos SPIJ
- Ingresar a Constitución Política del Perú y normativa emitida por entidades de gobierno regional.
- Hice click en la parte superior en el filtro  Buscar, y luego puse BUSQUEDA POR SUMILLA. Colocando "DECRETO LEY 23000"
 Por último, seleccione el único resultado que apareció.
- En cuanto a las concordancias, simplemente ingresé al mismo decreto ley y revise en todo su contenido las concordancias. 


Archivo digital de la legislación del Perú
NormaNúmeroPublicaciónDenominaciónObservaciones
DECRETO LEY2300024/04/1980Disponen nuevas medidas en favor de agricultores afectados por la sequía
Emisión de autografa:23/04/1980
Promulgación:23/04/1980
Publicación:24/04/1980


Vigencia 25 de abril de 1980

El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue:
-    Ingresar a la base de datos Archivo Digital de la Legislación del Perú
-  Al aparecer muchos ítems, se debe: seleccionar en tipo de norma: DECRETO LEY. Asimismo, seleccionar en el tipo de búsqueda: POR NUMERO DE LA NORMA, luego, colocar en el RANGO DE NORMAS: del 23000 al 23000. Luego, en ordenar por: coloqué NUMERO. 
 Ingresar a consultar, donde finalmente aparece el decreto ley buscado

3. Ubique el Decreto Supremo que establece la denominación del Año 2010 y consigne los datos básicos (Número, sumilla, fecha de publicación, de promulgación y de vigencia).

SPIJ

DECRETO SUPREMO 082-2009-PCM
Declaran el Año 2010 como el “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”  . 
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve.
Fecha de publicación 29 de diciembre de 2009. Vigencia Año 2010 


TituloUbicacionTip

1.Declaran el Año 2010 como el “Año de la Consolidación Económica y Social del Perú”Leg. Caracter GeneralHTML


EL PERUANO:
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
DECRETO SUPREMO N° 082-2009-PCM
Fecha: 29/12/2009
Declaran el Año 2010 como el Año de la Consolidación Económica y Social del Perú
http://diariooficial.elperuano.pe/Normas

Vigencia Año 2010

El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue:
1.    Ingresar a la base de datos SPIJ
2.   Ingresar a Constitución Política del Perú y normativa emitida por entidades de gobierno regional.
3.    Ingresar a normas sectoriales.
4.    Buscar e Ingresar a Presidencia del Consejo de Ministros- PCM
5.    Ingresar al año 2009
6.    Por último, seleccionar el Decreto supremo N° 082-2009- PCM

Cabe señalar que busque originalmente en el año 2010 donde revisé los primeros decretos y al no hallar el resultado deseado, revisé los últimos decretos supremos emitidos a fines del 2009, donde finalmente pude obtener el resultado. 
En cuanto a la fecha de publicación debí suponer que si fue emitida el 28 de diciembre, iba a ser publicada dias después, de modo que coloqué las fechas 28/12/2009 hasta 31/12/2009 y finalmente obtuve el resultado deseado. 
4.¿Cuantas sentencias sobre conflictos de competencia se han publicado en el año 2012 en el Portal del Tribunal Constitucional? Precise en cada caso al demandante y demandado.
No se halló ninguna sentencia sobre conflicto de competencia publicada en el 2012. No obstante, lo que se halló fueron tres autos, lo cuales se pasan a describir:


Demandante: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS
Demandado: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
Resolución publicada el: 08/11/2012; Fecha de ingreso del expediente: 14/06/2012; Score:0

Demandante: MINISTERIO DE SALUD
Demandado: GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Resolución publicada el: 12/07/2012; Fecha de ingreso del expediente: 26/03/2012; Score:0

Demandante: MINISTERIO DE SALUD
Demandado: GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Resolución publicada el: 08/05/2012; Fecha de ingreso del expediente: 26/03/2012; Score:0 
El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue:
- Ingresé al portal web del Tribunal constitucional peruano
- Ingresé al BUSCADOR DE RESOLUCIONES
- En e filtro PROCESO coloqué: conflicto de competencia y en el filtro AÑO DE PUBLICACION coloqué: 2012
- Finalmente, me aparecieron 3 resultados.

5. En la base de datos Jurisprudencia Nacional Sistematizada, ubique la siguiente sentencia: Expediente: 000163-2015 - Anulación de Laudo Arbitral de fecha 28 de abril de 2016. Señale a las partes en el proceso judicial.

Materia/Título:ANULACION DE LAUDOS ARBITRALES    Tipo Resolución:Sentencia    Fecha Resolución:28/04/2016
Sala Superior:1° SALA COMERCIAL
    
Sumilla:EL TRIBUNAL ARBITRAL HA CUMPLIDO CON APLICAR LA NORMATIVA ESTABLECIDA EN EL MARCO LEGAL DEL CONTRATO. NO SE ADVIERTE VULNERACIÓN AL DERECHO AL DEBIDO PROCESO, NI A LA MOTIVACIÓN DE RESOLUCIONES.
Palabras Claves:Causal b);Debido Proceso;Medios probatorios
Partes en el proceso judicial: 
Gobierno Regional de Ucayali y el Consorcio Victoria 


El procedimiento que utilicé para poder obtener la información anterior fue: 
- Ingresé a Jurisprudencia Nacional Sistematizada
- Busqué e ingresé a la categoría de ANULACION Y EJECUCION DE LAUDOS ARBITRALES C.S.J. LIMA
- Al encontrar una busqueda esecializada y al no tener tanto datos inicialmente. Opté por una busqueda general colocando los datos ofrecidos. 
- Finalmente pude hallar el resultado deseado.  .

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